Ficha de entidad local
RELATIVA A LA SOLICITUD DE ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO EN MATERIA DE PILAS Y ACUMULADORES
Informacion relativa a los puntos de recogida.
A efectos de hacer efectiva la adhesión, las Entidades Locales que voluntariamente se adhieran al presente convenio marco suministrarán los datos de la totalidad de los puntos de recogida, tanto de los puntos de recogida selectiva (PRS) y como de los puntos de recogida municipal (PRM), en función de la modalidad de adhesión por la que haya optado la entidad local que se adhiera, de manera que:
- Si se han adherido bajo la MODALIDAD A (la entidad local coordina y gestiona la recogida de pilas hasta los puntos de recogida municipal), esto implica que lo que tienen que dar de alta son PRM (puntos de recogida municipal)
- Si se han adherido bajo la MODALIDAD B (el servicio de recogida, transporte y almacenamiento temporal de los residuos de pilas y acumuladores portátiles son servicios prestados por las entidades gestoras de los SRAP a través de la Oficina de Coordinación), lo que implica que será necesario dar de alta tanto PRM (puntos de recogida municipal) como PRS (puntos de recogida selectiva).
Al respecto de lo anterior debe tenerse en cuenta lo que se entiende por PRM y PRS:
- Puntos de recogida municipal (PRM): son aquellas instalaciones de recogida y almacenamiento temporal de residuos, de titularidad municipal (puntos limpios, almacenes municipales, etc.) en las que se hace acopio, entre otros, de los residuos de pilas y acumuladores recogidos en los puntos de recogida selectiva (PRS). Estos puntos de recogida municipal (PRM) deben tener autorización como gestor de almacenamiento según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.
- Puntos de recogida selectiva (PRS): son aquellos puntos establecidos para la recogida selectiva de los residuos de pilas y acumuladores portátiles procedentes de los domicilios particulares, comercios u otros lugares asimilables accesibles a los consumidores o usuarios finales, para su posterior traslado a los puntos de recogida municipal (PRM) o a centros de almacenamiento temporal.
A continuación, se ADJUNTA un archivo en formato hoja de cálculo para facilitar la carga de los puntos de recogida conforme al formato y contenido requeridos tanto para PRM como para PRS. La Entidad Local deberá cubrir la información de la red de puntos de recogida existente con arreglo a lo indicado, incorporando tantas hojas como puntos de recogida quiera dar de alta, ya sean PRM si se adhiere bajo la modalidad A, ya sean PRM/PRS en los casos de adhesión bajo la modalidad B.
En caso de no existir una red de puntos de recogida ya establecida, la entidad local remitirá la información sobre posibles ubicaciones de acuerdo al mismo formato y contenido.